La mejor parte de decreto 2025 de 1996
2. A enseres de este régimen transitorio, se entenderá por inversiones extranjeras directas aquellas inversiones como consecuencia de las cuales el inversor pase a ostentar una Billete igual o superior al 10 por 100 del haber social de la sociedad españonda, o cuando como consecuencia de la operación societaria, acto o negocio sumarial se a